Cambiar la calefacción en una reforma en Madrid es más sencillo con la vivienda abierta que con ella terminada: los tubos, los emisores y la salida de humos se pueden replantear sin romper acabados nuevos. Pero antes de elegir equipo hay que responder cuatro preguntas: qué sistema tiene hoy el edificio, qué emisores quieres, por dónde saldrán los humos o dónde irá la unidad exterior, y qué documentación exige la potencia que se va a instalar.
Esta guía repasa esas decisiones en el orden en que conviene tomarlas. No da cifras de ahorro ni de consumo, porque dependen del aislamiento, la orientación, el uso y el equipo concreto, y solo se pueden estimar con un cálculo para tu vivienda.
Índice
- Antes de decidir: qué sistema tienes y qué permite el edificio
- Qué opciones valorar al cambiar la calefacción en la reforma
- Lo que exige la normativa al reformar la calefacción
- Cómo encajarlo en el orden de la obra
- Qué pedir en el presupuesto
- Preguntas frecuentes
Antes de decidir: qué sistema tienes y qué permite el edificio
El primer dato es si la calefacción es individual o central. En un piso con caldera propia, la decisión es tuya dentro de lo que permitan el edificio y la normativa. En un edificio con calefacción central, la instalación da servicio a varios usuarios y no se puede desconectar ni sustituir por cuenta propia: está sujeta a reglas de reparto de consumos como las del Real Decreto 736/2020, que regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas centralizadas. En ese caso, cualquier cambio empieza hablando con la comunidad de propietarios.
Si la calefacción es individual, revisa además:
- Dónde está el generador. Una caldera en la cocina condiciona la ventilación y la campana; lo explicamos en los errores frecuentes al reformar una cocina.
- Si hay conducto de humos a cubierta y si sirve para un equipo nuevo, porque de eso depende por dónde podrán salir los gases.
- El estado de las tuberías y los radiadores. Abrir paredes es el momento de comprobar recorridos, fugas y válvulas.
- La potencia eléctrica contratada y el cuadro, si te planteas pasar a un sistema eléctrico.
Qué opciones valorar al cambiar la calefacción en la reforma
No hay un sistema mejor para todas las viviendas. La elección depende de lo que ya existe, de cuánto se va a abrir en la obra y de cómo se usa la casa.
| Decisión | Qué implica en la obra | Qué comprobar antes |
|---|---|---|
| Mantener radiadores y cambiar solo la caldera | Obra limitada; se aprovecha la red de tuberías | Estado de tubos y radiadores, salida de humos, ubicación de la caldera |
| Recolocar o cambiar radiadores | Nuevos recorridos de tubería antes de cerrar paredes | Distribución final, muebles, ventanas y espacio útil de cada pared |
| Suelo radiante | Afecta al recrecido del suelo y a todo el pavimento | Altura libre disponible, puertas, tipo de suelo final compatible |
| Pasar de gas a un sistema eléctrico | Cambia la fuente de energía y la carga eléctrica | Potencia contratada, cuadro, circuitos y, si hay unidad exterior, dónde colocarla |
Radiadores: conservar o recolocar
Con los radiadores en buen estado y una distribución que no cambia, conservar la red puede bastar. Si la reforma mueve tabiques o cambia el uso de las estancias, conviene replantear dónde va cada emisor antes de decidir muebles y enchufes.
Suelo radiante: una decisión que se toma pronto
El suelo radiante obliga a definir capas de suelo, alturas y acabado al principio de la obra. Si el pavimento elegido es madera o laminado, comprueba que el fabricante lo admite sobre suelo radiante; en la guía de suelo laminado o parquet tratamos esa compatibilidad.
Sistemas eléctricos y bomba de calor
Pasar a un sistema eléctrico supone un cambio del tipo de energía y aumenta la demanda sobre la instalación. Revisa antes el cuadro y los circuitos: es uno de los supuestos en los que recomendamos revisar la instalación eléctrica de un piso antiguo dentro de la misma obra.
Lo que exige la normativa al reformar la calefacción
La norma que manda es el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Su artículo 2 lo aplica a las instalaciones que se reforman en edificios existentes, solo en la parte reformada, y considera reforma, entre otros casos, sustituir un generador por otro de distintas características, cambiar el tipo de energía o incorporar renovables. El apartado 2.4 va más allá: también es reforma cambiar la caldera por otra de características similares.
Memoria técnica o proyecto según la potencia
El artículo 15 del RITE fija la documentación por potencia térmica nominal: más de 70 kW exige proyecto; entre 5 y 70 kW basta una memoria técnica; por debajo de 5 kW no es preceptiva ante la Comunidad Autónoma. La memoria la elabora un instalador habilitado o un técnico titulado competente (artículo 17).
Empresa habilitada y certificado
El artículo 19 exige que la ejecución la haga una empresa instaladora habilitada. Al terminar, tras las pruebas, el instalador suscribe el certificado de la instalación (artículo 23), y en las instalaciones con proyecto o memoria técnica ese certificado se registra en el órgano competente de la Comunidad de Madrid antes de la puesta en servicio (artículo 24). Si la instalación es de gas, el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos exige empresas instaladoras de gas habilitadas cuando así lo establece su instrucción técnica.
Salida de humos
La IT 1.3.4.1.3 del RITE fija la regla general: si ya hay un conducto a cubierta adecuado al nuevo generador, se usa ese; si no lo hay, la evacuación se hace por cubierta con un conducto nuevo. Como excepción, en edificios existentes que se reforman se admite la salida por fachada o patio de ventilación con combustibles gaseosos, aparatos estancos de hasta 70 kW y calderas individuales con emisiones de NOx de clase 5. Que la salida sea posible en tu edificio se confirma en la visita, no por teléfono.
Además, el trámite urbanístico depende del conjunto de la obra; consulta la guía sobre licencia de obra menor y declaración responsable en Madrid.
Cómo encajarlo en el orden de la obra
La calefacción se decide con la distribución, no con los acabados. Un orden razonable:
- Confirmar si la instalación es individual o central y qué permite el edificio.
- Elegir sistema y emisores con la distribución ya cerrada.
- Comprobar salida de humos o ubicación de la unidad exterior, y potencia eléctrica si aplica.
- Preparar la memoria técnica cuando corresponda.
- Ejecutar tuberías, recrecidos y circuitos antes de cerrar paredes y suelos.
- Hacer las pruebas y dejar firmado el certificado.
- Colocar emisores, mecanismos y acabados.
Qué pedir en el presupuesto
Para comparar ofertas de calefacción, pide que cada una detalle:
- Equipo propuesto, con marca, modelo y potencia, y su ficha de producto.
- Qué se conserva y qué se sustituye: tuberías, radiadores, válvulas, termostatos.
- Cómo se resuelve la salida de humos o la unidad exterior.
- Albañilería asociada: rozas, recrecidos, ayudas y remates.
- Si incluye memoria técnica, certificado y su registro.
- Retirada del equipo antiguo y gestión de residuos.
Preguntas frecuentes
¿Cambiar la caldera por otra parecida es una reforma?
Sí. El artículo 2.4 del RITE lo considera reforma de la instalación térmica aunque no modifique la memoria técnica.
¿Hace falta memoria técnica para cambiar la calefacción de un piso?
Entre 5 y 70 kW de potencia térmica nominal, sí: el artículo 15 del RITE permite sustituir el proyecto por una memoria técnica. Por debajo de 5 kW no es preceptiva.
¿Puedo sacar los humos por la fachada?
Solo en los casos que admite la IT 1.3.4.1.3: edificios existentes reformados, gas, aparatos estancos de hasta 70 kW y calderas individuales de NOx clase 5, cuando no haya conducto a cubierta adecuado.
¿Puedo independizarme de la calefacción central?
No por tu cuenta. Es una instalación compartida con reglas propias; habla primero con la comunidad de propietarios.
Decide la calefacción antes de cerrar paredes
Para cambiar la calefacción en una reforma en Madrid con criterio, define primero qué permite el edificio, elige sistema y emisores con la distribución cerrada, confirma salida de humos y potencia eléctrica, y exige memoria técnica y certificado cuando el RITE los pida. Así la instalación queda resuelta antes de los acabados.
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Fuentes de referencia
- Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, Real Decreto 1027/2007, artículos 2, 15, 17, 19, 23 y 24 e IT 1.3.4.1.3 (BOE)
- Real Decreto 736/2020, de contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios (BOE)
- Real Decreto 919/2006, Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos (BOE)



