Abordar una cédula de habitabilidad en una reforma en Madrid plantea dudas habituales entre los propietarios de inmuebles. A diferencia de otras comunidades autónomas donde este documento administrativo es imprescindible para cualquier compraventa o alta de suministros, la normativa en el ámbito del municipio de Madrid se rigue por el marco del Licenciamiento de Ocupación y la reglamentación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM).
Si estás planificando redistribuir un inmueble, cambiar el uso de un local a vivienda o regularizar un piso antiguo tras una reforma, es clave comprender cuándo es obligatoria la declaración de habitabilidad, qué parámetros técnicos mínimos se exigen y cómo se coordina con la licencia municipal de obra.
Índice
- ¿Existe la cédula de habitabilidad como tal en Madrid?
- Cuándo es obligatoria tras una reforma
- Requisitos técnicos mínimos de habitabilidad
- Procedimiento para tramitar la habitabilidad o primera ocupación
- Preguntas frecuentes
¿Existe la cédula de habitabilidad como tal en Madrid?
En la Comunidad de Madrid, la tradicional cédula de habitabilidad fue suprimida como documento administrativo independiente mediante el Decreto 111/2018. En su lugar, el control del cumplimiento de las condiciones de salubridad y seguridad de las viviendas se integra dentro del título urbanístico municipal habilitante:
- Licencia de Primera Ocupación o Declaración Responsable de Primera Ocupación: Es el documento oficial que emite o valida el Ayuntamiento de Madrid para acreditar que una vivienda terminada (de nueva planta o tras una gran reforma) cumple con la normativa urbanística y de habitabilidad.
- Certificado de Habitabilidad / Certificado Técnico: Documento elaborado y firmado por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico) que declara que el inmueble reúne las condiciones mínimas para ser habitado. Se solicita con frecuencia por entidades bancarias, notarías o para suministros energéticos cuando el edificio es muy antiguo.
Cuándo es obligatoria tras una reforma
No todas las obras interiores exigen solicitar un documento formal de habitabilidad. No obstante, es un requisito imprescindible en los siguientes escenarios:
1. Cambio de uso de local comercial a vivienda
Es uno de los supuestos más frecuentes en Madrid. Para convertir un local a pie de calle en un piso legalizado, es imperativo redactar un proyecto técnico, obtener la licencia de obras y, tras la finalización de los trabajos, tramitar la declaración responsable de primera ocupación.
2. Reformas integrales con modificación de la redistribución
Si la obra altera significativamente el número de estancias, se abren nuevos huecos a patios o se modifica la posición de cocinas y baños, la intervención puede quedar sujeta al control de las condiciones de habitabilidad fijadas por la Ordenanza General de Licencias y Declaraciones Responsables (OLDRUAM). Puedes conocer más detalles sobre el título aplicable en nuestra guía sobre licencia de obra menor en Madrid.
3. Segregación o unión de pisos
Dividir un piso amplio en dos viviendas independientes o unir dos inmuebles adyacentes exige justificar de forma individualizada que la superficie resultante cumple los mínimos exigidos por la normativa madrileña.
Requisitos técnicos mínimos de habitabilidad
Para que un inmueble obtenga la consideración de vivienda habitable en el municipio de Madrid, la reforma debe cumplir estrictamente las normas del PGOUM:
- Superficie útil mínima: Una vivienda completa (estancia-comedor, cocina, dormitorio y baño) debe contar con una superficie útil mínima (habitualmente a partir de 38 m² para viviendas tradicionales o 25 m² en el caso de estudios de un solo espacio).
- Altura libre entre suelo y techo: La altura mínima debe ser de 2,50 metros en al menos el 75% de la superficie útil de las piezas habitables (salón, dormitorios). En baños, pasillos y cocinas se tolera un mínimo de 2,20 metros.
- Iluminación y ventilación natural: Los dormitorios y salones deben disponer de huecos de ventana con una superficie vidriada no inferior al 12% de la superficie útil de la planta de la estancia, y una ventilación directa no inferior al 8%.
- Acceso e itinerarios: El acceso a la vivienda no puede hacerse directamente a través de una estancia destinada a dormitorio ni requerir el paso exclusivo por elementos comunitarios sin independencia formal.
- Cocinas y evacuación de humos: La cocina debe disponer de extracción mecánica independiente hacia la cubierta del edificio para el desalojo de vapores de cocción.
Procedimiento para tramitar la habitabilidad o primera ocupación
Si vas a realizar una reforma que requiere la regularización de la habitabilidad, el itinerario habitual es el siguiente:
- Visita previa de inspección técnica: Un arquitecto o aparejador mide la vivienda y comprueba que reúne las condiciones de altura, luces y distribución.
- Redacción del Proyecto o Memoria de Reforma: Se incluye la descripción de acabados, memoria constructiva y planos de estado actual y reformado.
- Solicitud de Licencia / Declaración Responsable: Presentación en el registro del Ayuntamiento de Madrid o mediante una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU).
- Ejecución de la obra según proyecto: Respetando las especificaciones de aislamiento, ventilación e instalaciones.
- Certificado de fin de obra y primera ocupación: Emisión de los certificados finales para dar de alta los suministros de agua, luz y gas.
Estos trámites conviene encajarlos en el calendario desde el principio, porque condicionan tanto el inicio como la entrega. Puedes ver cómo se reparten en el tiempo en nuestra guía de plazos de una reforma de vivienda en Madrid.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cortar la luz o el agua si no tengo certificado de habitabilidad?
En Madrid, las compañías suministradoras solicitan la Declaración Responsable de Primera Ocupación o la Licencia municipal para el primer alta de suministros tras una obra de cambio de uso o segregación. En viviendas ya existentes con suministros antiguos de alta, no suele exigirse una renovación periódica.
¿Cuánto cuesta obtener un certificado de habitabilidad emitido por técnico?
El coste del certificado firmando por un arquitecto o aparejador depende de la superficie de la vivienda y de si requiere toma de planos, rondando habitualmente entre los 150 € y los 350 € más IVA (sin incluir las tasas municipales ni el coste de la propia obra). Para una visión amplia del presupuesto total de un proyecto integral, puedes revisar nuestra orientación sobre el precio de una reforma integral en Madrid.
¿Un semisótano se puede legalizar como vivienda habitable en Madrid?
Solo si cumple íntegramente las condiciones de cota sobre rasante, luz natural y ventilación directa fijadas por el Plan General. La gran mayoría de los sótanos y semisótanos no alcanzan los ratios mínimos de iluminación requeridos.
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